Finalidad

De acuerdo con el Real Decreto 676/93, del 7 de mayo, el módulo de FCT persigue las siguientes finalidades:

Completarla adquisición por los alumnos de la competencia profesional conseguida en el centro educativo, realizando un conjunto de actividades en el centro de trabajo.
Contribuir al logro de las finalidades generales de la FP: desarrollar plenamente la competencia profesional y adquirir una identidad y madurez que capacite para futuros aprendizajes.
Evaluar la competencia profesional adquirida por el alumno, especialmente en aquellos aspectos que no pueden comprobarse en el centro educativo por requerir situaciones reales de producción.
Adquirir conocimientos de la organización productiva de su perfil profesional y del sistema de relaciones sociolaborales del centro de trabajo, que facilitarán su futura inserción laboral.



Proceso de implantación




En el proceso de implantación podemos considerar las siguientes fases:


Identificación y selección de empresas colaboradoras. Colaboración entre la Dirección Provincial educativa y otras entidades (Cámaras de comercio, Organizaciones empresariales, etc) que proporcionen empresas adecuadas para realizar la FCT. Con frecuencia esta labor recae casi exclusivamente en los Centros que, acuciados por la necesidad, se ven obligados a buscar ellos las empresas.

Suscripción del convenio con el centro de trabajo. Entre el Centro educativo y la empresa se suscribe un Convenio específico de colaboración Centro educativo-Empresa para la realización de la formación en centros de trabajo. Lo firman el Director del Centro educativo y el representante legal de la empresa colaboradora.

Características:


Afecta a todos los alumnos del centro, por lo que sólo se requiere un convenio por empresa.
Puede ser rescindido a petición de cada una de las partes.
No implica relación laboral entre los alumnos y la empresa. Esta no podrá cubrir, ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo en plantilla con el alumno mientras realiza las prácticas en la empresa.
Los alumnos están cubiertos de riesgos de accidentes (mediante el seguro escolar) y de responsabilidad civil frente a daños a terceros (mediante una póliza de seguro adicional que suscriben las Administraciones educativas).
Ha de haber un programa formativo, elaborado por los representantes del centro educativo y del centro de trabajo, que permita conseguir los fines de la FCT. 


Realización de la FCT. La jornada formativa del alumno en la empresa tenderá a ser similar a la de los otros trabajadores. El alumno rellenará las hojas semanales, donde describirá las actividades realizadas diariamente y las dificultades encontradas; estarán firmadas por el responsable de la empresa.
Quincenalmente el tutor del centro se reunirá con sus alumnos de FCT para analizar la marcha del programa formativo.


Evaluación individual de la FCT del alumno. El responsable de la formación del alumno en el centro de trabajo emitirá un informe en el que figurarán el grado de consecución de los objetivos previstos del programa formativo. Este informe será tenido en cuenta en la calificación final del módulo de FCT (expresada en términos de APTO/NO APTO), que será realizada por el profesor-tutor del centro educativo.



Periodos de realización de la FCT




Las prácticas se realizan en periodo lectivo (se han de excluir los periodos académicamente de vacaciones), dependiendo del tipo de ciclos:

Para los alumnos de los ciclos cortos (de 1200 a 1400 horas, incluidas las prácticas) éstas tienen lugar entre septiembre y diciembre del año siguiente a la iniciación del ciclo.

Para los alumnos de los ciclos largos (2000 horas, incluidas las prácticas) éstas tienen lugar en el primer semestre del año del segundo curso escolar, generalmente entre marzo y junio.




Agentes que intervienen en la FCT



Por la Administración educativa:

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Es el último responsable del sistema de FCT.
La Dirección Provincial. Es la responsable de la implantación de la FCT en su ámbito provincial.
El Director del Centro educativo:

Firma el convenio con el centro de trabajo en nombre de la administración educativa y asume la responsabilidad de su ejecución.

Acredita ante la Dirección Provincial la existencia de los convenios con las empresas.

Delega en el profesor-tutor las relaciones con el centro de trabajo.

El profesor-tutor responsable de la FCT:

Elabora y acuerda con el responsable designado por la empresa el programa formativo de la FCT.
Evalúa el módulo de la FCT, teniendo en cuenta el informe emitido por el tutor del centro de trabajo.
Se relaciona periódicamente (cada quince días) con el tutor del centro de trabajo.
Atiende periódicamente (cada quince días) en el centro educativo a los alumnos durante el período de realización de la FCT.
Extrae datos y conclusiones que realimenten las actividades de aprendizaje en el centro educativo.
Dispone de una asignación de seis horas lectivas semanales durante todo el curso académico para poder realizar estas tareas.


Por parte de los agentes sociales:

El Director, propietario o responsable de la empresa:
Firma el convenio con el Centro educativo en nombre de la empresa y asume la responsabilidad de su ejecución.
Designa al responsable de la empresa para el seguimiento y coordinación de la FCT.
Facilita el acceso periódico a la empresa del profesor-tutor del centro.


El responsable de la FCT designado por la empresa:
Se responsabiliza del seguimiento del alumno durante su estancia en el centro de trabajo y del cumplimiento del programa formativo.
Recoge y registra la evidencia de competencia mostrada por el alumno.
Comprueba los contenidos reflejados por el alumno en la hoja semanal.
Al finalizar la FCT emite un informe valorativo de cada alumno.




La Financiación




La FCT conlleva unos costes adicionales, que la autoridad educativa abonará a los centros, para que éstos, a su vez, los hagan llegar a los destinatarios. Éstos son:

Gastos ocasionados por los alumnos: desplazamiento desde el centro al sitio de trabajo, gastos de comida cuando la jornada así lo requiera y gastos cuando las actividades productivas así lo exijan.

Gastos derivados del desplazamiento del profesor-tutor a los centros de trabajo.

Gastos ocasionados a las empresas por la utilización de sus instalaciones y, sobre todo, por la dedicación horaria del responsable de seguimiento de la FCT. Esta compensación está cifrada actualmente en 200 pts/hora-alumno.
MÓDULO DE FORMACIÓN EN CENTROS DE TRABAJO (FCT)